Tema 10 · Temario oficial

Tema 10 de Policía Nacional: Extranjería: entrada y residencia

Actualizado: julio de 2026 · Temario oficial de la Escala Básica

Qué entra en el tema 10 del temario de Policía Nacional, con el enunciado oficial de la convocatoria, la normativa que hay que manejar y una introducción a la materia. El contenido está verificado contra el BOE y las leyes citadas.

Enunciado oficial del tema 10

Entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La entrada y salida del territorio español. La autorización de estancia y de residencia.

Qué entra en este tema

  • Entrada, libre circulación y residencia de ciudadanos UE/EEE
  • Derechos y libertades de los extranjeros en España
  • Integración social de los extranjeros
  • Entrada y salida del territorio español
  • Autorización de estancia y de residencia

Normativa que cubre

  • Real Decreto 240/2007
  • Código Penal
  • Ley Orgánica 4/2000
  • Real Decreto 1155/2024
  • Real Decreto 557/2011

Son las normas que el tema 10 maneja de forma principal. Estudiarlas por su texto vigente es lo que evita arrastrar redacciones derogadas.

Introducción al tema 10

El Real Decreto 240/2007 regula el régimen comunitario: los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, residencia permanente y trabajo en España de los ciudadanos de la Unión Europea y de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como sus límites por razones de orden público, seguridad pública o salud pública (art. 1).

La entrada del ciudadano de la Unión se efectúa con el pasaporte o documento de identidad válido y en vigor en el que conste su nacionalidad. Los familiares que no posean la nacionalidad de un Estado UE/EEE entran con pasaporte válido y, además, visado de entrada cuando lo exija el Reglamento (CE) 539/2001 (salvo que dispongan de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión).

La libertad de circulación y residencia puede limitarse por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. Las medidas se rigen por el principio de proporcionalidad y se basan exclusivamente en la conducta personal del interesado; no pueden fundarse en razones económicas ni justificarse por la mera existencia de condenas penales.

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